Calefacción Sustentable
Corresponde al conjunto de medidas implementadas por el MMA cuyo fin es contribuir al mejoramiento de la calidad del aire y condiciones de vida de los habitantes del centro sur de Chile, mediante la reducción de emisiones de material particulado (MP), a través del recambio de artefactos a leña contaminantes e ineficientes por modernos sistemas de calefacción; con bajísimas emisiones y alta eficiencia energética.
Para acelerar la renovación del parque actual de artefactos a leña, el MMA ha implementado el Programa Recambio de Calefactores, cuyo objetivo es el recambio de artefactos a leña por sistemas de calefacción más eficientes y menos contaminantes, de tal forma de apoyar a la ciudadanía al cumplimiento de las medidas asociadas a la restricción de uso de artefactos a leña incluidas en el PDA de Temuco y Padre Las Casas.
Uno de los requisitos esenciales para postular y acceder a un nuevo sistema de calefacción es entregar para su chatarrización (destrucción) el antiguo artefacto a leña (cocina, calefactor simple o con templador, hechizo, o salamandra), que debe estar instalado al interior de la vivienda.
Estableció una meta de:
Prohibición gradual de calefactores que no cumplen norma de emisión (DS39/2012):
Desde el 1° de enero de 2016
Prohibición de uso de calefactores a leña en los establecimientos comerciales y de servicios, ubicados en la zona saturada, así como también en cualquier establecimiento u oficina cuyo destino no sea habitacional.
Desde la entrada en vigencia del PDA,
- Se prohíbe quemar en los calefactores carbón mineral, maderas impregnadas, residuos o cualquier elemento distinto a la leña, briquetas o pellets de madera.
- A partir de noviembre de 2020, entre los meses de abril a septiembre de cada año, no se permitirán humos visibles provenientes de las viviendas de la zona saturada.
Estableció una meta de:
Prohibición gradual de calefactores que no cumplen norma de emisión (DS39/2012)
Desde el 1° de enero de 2016
Prohibición de uso de calefactores a leña en los establecimientos comerciales y de servicios, ubicados en la zona saturada, así como también en cualquier establecimiento u oficina cuyo destino no sea habitacional.
Desde la entrada en vigencia del PDA,
- Se prohíbe quemar en los calefactores carbón mineral, maderas impregnadas, residuos o cualquier elemento distinto a la leña, briquetas o pellets de madera.
- A partir de noviembre de 2020, entre los meses de abril a septiembre de cada año, no se permitirán humos visibles provenientes de las viviendas de la zona saturada.
- Para postular al recambio: calefactores.mma.gob.cl
- Más información: calefaccionsustentable.mma.gob.cl
- Para evaluar y elegir alternativas eficientes de calefacción y aislación térmica para tu hogar: climatizatuhogar.cl